Por órdenes del Instituto Nacional de Transparencia (Inai), la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNBP) deberá dar a conocer el número actualizado de mujeres, niñas y adolescentes reportadas como desaparecidas, además de informar cuántas han sido localizadas con y sin vida, el número de las no ubicadas y los rangos de edades de las víctimas.
En la sesión del Pleno de este miércoles, se indicó que un particular había formulado dicha petición, y aunque en un primer momento el sujeto obligado no respondió a ella, después indicó que la información requerida –que forma parte del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas– estaba siendo procesada y validada, por lo que no tenía a su disposición un “dato contundente”.
Al estudiar el caso, la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena consideró que la queja del particular resultó fundada, ya que la CNBP no respondió la solicitud en el plazo legal que tenía para hacerlo.
Por otra parte, advirtió que dentro de los archivos del sujeto obligado existen bases de datos relacionadas con el tema de personas desaparecidas o no localizadas, actualizadas al 30 de abril de 2018, mismas que fueron recabadas y transferidas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Asimismo, recordó que dichas atribuciones fueron delegadas a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, con la expedición de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Ibarra señaló la importancia de contar con un registro confiable de personas desaparecidas y no localizadas, ya que éste será la base para que las autoridades definan de mejor manera las estrategias para localizar a las víctimas y terminar con el fenómeno de las desapariciones.
Por todo lo anterior, a propuesta de la comisionada Ibarra Cadena, el Pleno del Inai le ordenó a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas, dependiente de la Secretaría de Gobernación, entregar la información que ya se encuentre actualizada, en los términos referidos. Con respecto a la que aún se encuentre en proceso de validación y/o verificación, deberá fundar y motivar las razones por las cuales no puede entregar.
Con información de La Jornada.