Hacen llamado al gobierno estatal para intervenir a favor de víctimas del delito.
El Colectivo Femenil Xtabay Quintana Roo hace un llamado urgente al Gobernador del Estado de Quintana Roo Carlos Joaquín para intervenir a favor de las y los trabajadores del Área Jurídica de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Delito en el Estado (CEAVEQROO) y a favor de las víctimas del delito quienes no pueden dejar de recibir los servicios que ofrece esta institución cuyo trabajo es proporcionar atención jurídica, psicológica y médica, medidas de ayuda inmediata a la víctima que desea acceder a la justicia, tal como lo señala el artículo 91 Fracción II de la Ley de Victimas del Estado, así como velar que sus derechos contenidos en el artículo 109 del Código Nacional de Procedimientos Penales sean respetados durante el proceso penal.
De ser ciertos los hechos que se señalan en las notas periodísticas que mencionan que existe un paro de labores en la CEAVEQROO, podrían las víctimas que no posean los recursos económicos suficientes para contratar abogados o abogadas particulares que lleven sus casos, verse en un estado de indefensión gravísimo que afectaría su derecho a la procuración y administración de justicia.
Este estado de emergencia exhorta a las abogadas feministas que laboran en diversas colectivas a redoblar esfuerzos por brindar asesoría jurídica con precios accesibles o de ser posible sean de forma gratuita, a las víctimas que posiblemente no estén recibiendo atención integral por parte de la CEAVEQROO mientras dure el paro de labores.
Así mismo derivado de la narración de los actos que proporcionaron las y los trabajadores a diversos medios de comunicación de forma anónima por miedo a las represalias en su contra, conminamos a las Autoridades Correspondientes a investigar los hechos que pueden constituir el delito de Acoso laboral “Mobbing”, cuya definición por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) consiste en: “la acción verbal o psicológica de índole sistemática, repetida o persistente por la que, en el lugar de trabajo o en conexión con el trabajo, una persona o un grupo de personas hiere a una víctima, la humilla, ofende o amedrenta”, en su material Promover la igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo: Una cuestión de principios.
La Ley Federal del Trabajo en México, en el artículo 3 Bis, se refiere a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas. Las expresiones que mencionan que aquellos trabajadores que se sumen a este paro laboral asumirán las consecuencias, al grado de perder su fuente de empleo, pueden constituir el delito de amenazas contemplado en el artículo 123 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo y en nada abonan a la solución pacífica de dicho conflicto en pro del bien común.
Invitamos a las y los trabajadores de la CEAVEQROO a interponer su denuncia por la vía laboral, civil, administrativa o penal contra quien resulte responsable.
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