La alerta de violencia de género es el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un determinado territorio, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.
Actualmente, existen solicitudes de alerta a los gobiernos en estados de la República Mexicana como Morelos, Quintana Roo, Chiapas, Estado de México, Guerrero, Michoacán, Colima,Nayarit, Nuevo León, y San Luis Potosí, Veracruz, Zacatecas, Oaxaca y Sinaloa, Durango, Campeche y Jalisco.
Mientras que en la Ciudad de México, Estado de México, y algunas zonas de Puebla, las alcaldías ya cuentan con procesos de revisión para la declaratoria.
Estados como Baja California, Querétaro, Tlaxcala, Guanajuato, Tabasco y Yucatán, tienen solicitudes no declaradas en algunas zonas de su jurisdicción.
El objetivo fundamental de las alertas de violencia contra las mujeres es garantizar la seguridad de mujeres y niñas, el cese de la violencia en su contra y/o eliminar las desigualdades producidas por una legislación o política pública que agravia sus derechos humanos. (Artículo 23 de la Ley de Acceso).
Existen dos tipos de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM): por violencia feminicida y por agravio comparado, esta última tiene como finalidad eliminar las desigualdades producidas por un ordenamiento jurídico o por políticos públicas que impidan el reconocimiento o el ejercicio pleno de los Derechos Humanos de las Mujeres protegidos por instrumentos internacionales reconocidos y ratificados por el Estado mexicano. Por su parte, la violencia feminicida es la forma extrema de violencia contra las mujeres producto de la violación de sus derechos humanos en los ámbitos público y privado conformado por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado, y pueden culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.
Para solicitar una alerta de violencia de género una o más organizaciones de la sociedad civil u organismo autónomo de Derechos Humanos deben entregar una solicitud a Conavim donde se narren los hechos y situación de violencia que viven las mujeres. Esta solicitud es analizada y debe ser rechazada o aceptada en tres días hábiles.
Si esta solicitud procede, deberá integrarse un Grupo interinstitucional de Trabajo que evalúa la situación de la entidad federativa respecto de la cual versa la solicitud de AVGM.
Este grupo realizará una investigación para corroborar o descartar los hechos descritos por las organizaciones peticionarias. Esta investigación debe resultar en un informe publicado 30 días naturales posteriores a la primera reunión.
Con la información recabada, el Grupo de Trabajo emitirá un dictamen sobre los cumplimientos de las acciones propuestas, de manera total o parcial, concluidos o pendientes de realizar.
De acuerdo al dictamen del Grupo de Trabajo, la Secretaría de Gobernación, mediante la Conavim emitirá o no el decreto de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), para ello cuenta con 10 días una vez recibido el dictamen.
A partir del dictamen del Grupo de Trabajo, se realiza la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), estipulando los municipios donde se declara, así como las acciones a implementar en materia de prevención, justicia y reparación. Se establecen estrategias para visibilizar la violencia de género contra las mujeres y acciones de comunicación enfocadas a la difusión de la cero tolerancia hacia la violencia contra las mujeres
Con información de CONAVIM