La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el uso parcial de recursos públicos por parte de la PGR, al difundir un video en el que aparecía Ricardo Anaya, candidato a la Presidencia, en donde presuntamente se le investigaba por lavado de dinero.
En sus redes sociales, el ex candidato presidencial celebró esta resolución, y declaró que desea que “este tipo de maniobras, tramposas y arteras, jamás se repitan en contra de ningún candidato o candidata”.
En la sesión pública de este miércoles se estableció que hubo uso indebido de recursos públicos y que además ese tipo de hechos atentan contra la equidad de la contienda electoral, pues se realizó en el contexto de la elección presidencial de 2018.
El año pasado la PGR -hoy Fiscalía General de la República- difundió un video donde se muestra a Ricardo Anaya, entonces candidato de la coalición Por México al Frente, en las instalaciones de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO).
Ello porque Anaya presentó un escrito para que se le informara si era investigado o no por algún delito, en torno a la venta de una nave industrial.
La magistrada ponente, Janine Otálora, expuso que uno de los principios fundamentales de la democracia ha sido el respeto al principio de equidad en la contienda electoral, lo que es fundamental en toda elección democrática.
En congruencia con ese principio todas las instituciones electorales, tanto administrativas como judiciales, “tenemos el deber y la obligación de cerrar cualquier resquicio a fin de que la autoridad pública, sin importar del gobierno del que se trate, intervenga en los procesos electorales”, subrayó.
En ese sentido, propuso confirmar en ese proyecto la determinación de la Sala Regional Especializada, “ya que al estudiar los diversos agravios planteados por los recurrentes se llega a la conclusión de que la vulneración al párrafo siete, del Artículo 134 constitucional, derivó del exceso en el ejercicio de atribuciones de dichos servidores públicos, quienes están y estaban obligados a observar los principios de imparcialidad y neutralidad”.
Dicho artículo establece que los servidores públicos de los tres niveles de Estado y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México tienen en todo momento la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la contienden entre los actores políticos, subrayó.
Destacó que esa Sala Superior ha sido consistente en reconocer la existencia de los principios de imparcialidad y neutralidad, y apuntó que el imperativo de neutralidad implica la prohibición de que el poder público sea utilizado para influir en los electores.
Con información de Informador.