Las mujeres tendrían que aceptar un método anticonceptivo definitivo en caso de que soliciten abortar por segunda ocasión, planteó la diputada independiente Sonia López Cardiel, al plantear añadir “situación socioeconómica grave y/o justificada” como una causal de aborto legal en Quintana Roo.
El planteamiento de la legisladora fue calificado como una propuesta violatoria a los derechos humanos de la mujer, y el colectivo Marea Verde ha pedido al Congreso del estado desestimar su análisis.
El pasado 26 de septiembre de 2018, Sonia López, quien es presidente de la Comisión de Salud y Asistencia Social de la 15 Legislatura, presentó una iniciativa de reformar el Código Penal del estado y la Ley de Salud referente al aborto, en donde plantea que en las clínicas de los Servicios estatales de Salud (Sesa) se realicen abortos legales dentro de las causales de no punibilidad vigentes desde el 2010: por violación, por padecimiento de alteraciones genéticas, porque la vida de la madre esté en riesgo, o bien, por accidente.
En la reforma al artículo 97 del Código Penal que refieren las causales del aborto no punible en el estado, la legisladora propone sumar como no punible una circunstancia económica grave o justificada de la pareja que deberá ser verificada por la autoridad sanitaria.
La diputada, quien se autodenomina pro-vida, plantea también que el artículo 97 bis del Código penal contemple una restricción para quien, estando dentro de este último supuesto y tenga la intención de someterse por segunda ocasión a la práctica del aborto, deba aplicarse un método anticonceptivo definitivo.
En caso de que la mujer se niegue a ser esterilizada, se le negará el servicio médico público y en caso de que se practique el aborto fuera de alguna clínica u hospital, se les podría imponer entre dos y seis años de prisión, pena similar a quien haya efectuado el aborto.
“Buscando salvaguardar la salud de la mujer, encontrándonos dentro del entendido de que el sometimiento a la práctica del aborto resulta altamente desgastante para su salud física y mental, así como también buscando evitar que más niños se encuentren en situación de calle, pobreza extrema, falta de educación, sin poder disfrutar de condiciones dignas para vivir y en muchas ocasiones sin tener identidad ni dignidad”, cita la iniciativa.
Propone además que para demostrar que el embarazo es producto de una violación, la mujer deba mostrar la denuncia penal y que cuente con el dictamen de un médico legista en donde establezca la existencia de lesiones que comprueben el delito y que éste se realice antes de los 90 días de gestación.
Solicitan revisar iniciativa del Ejectivo
En atención a lo anterior, Marea Verde Quintana Roo solicitó el pasado 29 de abril al Congreso estatal desestimar esta iniciativa, pues considera que es una violación a los derechos de la mujer tener que usar un método anticonceptivo definitivo al violar la autonomía de decisión.
“Un servicio que respeta los derechos debe incluir la libre decisión de usar o no un método anticonceptivo e implica revictimizar a la mujeres que quedan en embarazo como resultado de la violencia sexual”, señaló el colectivo.
Marea Verde solicitó también incorporar en la discusión de la iniciativa que este colectivo presentó y a la que se dio entrada a mediados de marzo de este año sobre el aborto, la propuesta presentada el 7 de abril de 2017 desde el Ejecutivo del estado en la que se incluía la despenalización del aborto en atención a las recomendaciones de instituciones nacionales acorde a los compromisos para erradicar la violencia de género, tema que no fue considerado por la XV Legislatura.
En 2017, cuando se presentó dicha iniciativa, ante la emergencia de enfrentar la Alerta por Violencia de Género en cuatro municipios de la entidad, tanto la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) como el Instituto Mexicano de las Mujeres (Inmujer), recomendaron al gobierno del estado analizar la viabilidad de algunas modificaciones legislativas en materia penal, entre las que se incorporan temas como violación, feminicidio, estupro, acoso sexual, delitos contra la libertad y seguridad sexual, violencia obstétrica, homologar la pena del homicidio doloso contra pareja o concubina con el de feminicidio, entre otros asuntos relativos a la violencia intrafamiliar y de género.
La propuesta integral del Ejecutivo establecía que el artículo 93 y 96 de dicho Código sean derogados. En ellos se sanciona actualmente a la mujer que voluntariamente se someta al aborto y se modifica el artículo 94 y 97 para despenalizar el aborto.
Con ello, se propuso considerar únicamente supuestos jurídicos en que será sancionado el delito, para limitar este derecho a la interrupción del embarazo a no más de 90 días de gestación del producto, o bien cuando sea en contra de la voluntad de la mujer, por coacción o amenazas y en su caso por negligencia o culpa de las y los profesionales de la salud.
También añade que diversos estudios ponen en evidencia las elevadas tasas de mortalidad y morbilidad en todo el mundo derivadas de la maternidad y el gran número de parejas que desean limitar el número de hijos pero que no tienen acceso a ningún tipo de anticonceptivos o no los utilizan, lo que “constituyen una indicación importante para los estados partes, de la posible violación de sus obligaciones para garantizar el acceso a la atención médica de la mujer”.
“Una de las razones por las que debe suprimirse el aborto sin consentimiento de la madre, es porque al estar penado, las mujeres se ven obligadas a buscar procedimientos médicos riesgosos como abortos ilegales que ponen en riesgo su salud”, señaló.
Por último, Marea Verde Quintana Roo pidió al Congreso que se convoque a la discusión de las tres iniciativas y se invite a organizaciones civiles.
Con información de La Jornada Maya.