SFP refrenda sanciones por irregularidades del caso Fertinal.
Una vez más se refrendó el trabajo contra la impunidad que ha realizado la Secretaría de la Función Pública por las irregularidades del caso Fertinal. Tres de las sanciones impuestas al ex director general de Pemex Fertilizantes fueron confirmadas por un tribunal colegiado.
La secretaria Irma Eréndira Sandoval Ballesteros ha instruido una estricta defensa de las sanciones administrativas para no permitir la impunidad, ante la exigencia social de erradicar el abuso en el ejercicio de los recursos públicos.
En mayo de 2019, la Función Pública resolvió sancionar al ex directivo de Pemex Fertilizantes ya que en un procedimiento de responsabilidades se determinó que se pagaron de manera irregular dividendos a los accionistas del grupo Fertinal, lo que ocasionó un daño al erario por más de 619 millones de pesos.
Esa acción fue sancionada con una multa resarcitoria por el mismo monto del perjuicio patrimonial al Estado, la destitución del funcionario y su inhabilitación por 15 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, las cuales fueron refrendadas por el tribunal colegiado
La sentencia notificada el martes 27 de abril confirma que la Función Pública se ha conducido en estricto apego a sus atribuciones y facultades, de manera rigurosa, imparcial y objetiva, ya que ante juicio de amparo promovido por el ex servidor público, el tribunal resolvió no otorgar la medida ni proteger a la persona referida, por lo que las sanciones impuestas subsisten.
Esta confirmación se suma a otras que ha venido obteniendo la Función Pública, ya que en octubre pasado la Sala Superior del Tribunal Superior de Justicia Administrativa reconoció la validez de las sanciones.
Aunado a ello, por el caso Fertinal, la Secretaría de la Función Pública también impuso sanciones de inhabilitación y multa resarcitoria por 3 mil 225 millones de pesos al ex director general de Pemex Fertilizantes.
En caso de ser necesario, la Función Pública continuará la defensa de las resoluciones administrativas a través de todos los mecanismos jurídicos necesarios.
Esta información es de carácter público para fines meramente informativos, en estricto cumplimiento a lo expuesto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en el artículo 21 de la Ley General de Comunicación Social.
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Con información de SFP https://tinyurl.com/ut8caj5f