La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046-SSA2-2005 que ordena a todos los hospitales públicos interrumpir los embarazos resultados de violación sin necesidad de que la víctima denuncie el delito ante el Ministerio Público.
Para acceder a la interrupción del embarazo, la modificación a dicha norma establece que en el caso de niñas menores de 12 años, la solicitud la realizará el padre y/o la madre, o tutor.
Además, el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, también se elimina el requisito de la autorización previa de la autoridad competente.
La Controversia constitucional 53/2016 fue promovida por el Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, contra el Poder Ejecutivo Federal, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999.
En la primera sesión del segundo período del año, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, recordó que ha votado reiteradamente por el derecho de todas las mujeres a interrumpir el embarazo, “pero en el caso de violación, me parece que es casi incuestionable que ese derecho sea accesible, cercano y rápido”.
“Me parecería muy grave poner requisitos excesivos e interpretaciones rigoristas de cómo se debe modificar una Norma Oficial Mexicana para no generar cierta incomodidad a las autoridades que la van a aplicar, perjudicando el derecho de las mujeres y las niñas”, aseveró.
Resaltó que a partir de la reforma a la Ley General de Víctimas del 3 de mayo de 2013, se prevé que a toda víctima de violación sexual se le garantice el acceso a servicios de anticoncepción de emergencia, a fin de generar un cambio de circunstancias jurídicas y fácticas, que obliga que la Norma Oficial Mexicana se adecue a esta situación.
La Corte protegió el derecho de niñas y mujeres víctimas de violación a acceder a la interrupción legal del embarazo.
— Suprema Corte (@SCJN) August 5, 2019
?La modificación de la NOM no crea nuevos requisitos, solo se ajusta a lo previsto en Ley General de Víctimas.
?Se desechó propuesta de invalidez pic.twitter.com/ufvnXtU5fq
Con información de Radio Fórmula.