Profepa se ampara y logra que vinculen a proceso a persona que poseía un ocelote en Tabasco

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-Tras interponer un recurso de inconformidad, ante la determinación de no vincular a proceso a una persona por la posesión de un ejemplar de vida silvestre de la especie ocelote, emitida por un Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Poder Judicial Federal con Residencia en Villahermosa, Tabasco, el Segundo Tribunal Unitario del Décimo Circuito determinó modificar la resolución judicial e iniciar proceso penal contra el imputado.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informa, en su carácter de representante de la víctima colectiva y como coadyuvante del Ministerio Público de la Federación, que el Segundo Tribunal Unitario del Décimo Circuito, determinó modificar el auto de no vinculación, que contra una denuncia de la PROFEPA había pronunciado el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Poder Judicial Federal con Residencia en Villahermosa, Tabasco.

Dentro la causa penal, relativa a la denuncia interpuesta por la Delegación de la PROFEPA en Tabasco, por la modalidad de posesión de un ejemplar de vida silvestre de la especie ocelote y como resultado de la resolución en la cual el órgano jurisdiccional se pronunció para no vincular a proceso, se interpuso un recurso de inconformidad.

Derivado de los agravios expresados por la PROFEPA en contra del Auto de no vinculación a proceso, dictado a favor de quien fuera denunciado por PROFEPA por delitos contra la biodiversidad en la modalidad de posesión de organismos de vida silvestre, “ocelote”, el Segundo Tribunal Unitario del Décimo Circuito, ordenó la modificación del pronunciamiento al considerar fundado los agravios, ordenando se dictara la vinculación a proceso contra el imputado.

Los delitos contra la biodiversidad están establecidos en el artículo 420, fracción IV, del Código Penal Federal que prevé una sanción de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a 3000 días multa.

La especie Leopardus pardalis, comúnmente conocida como “ocelote”, se encuentra listada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría de especie en peligro de extinción y está incluido en el apéndice 1 de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (CITES).