La Primera Sala rechazó amparar a una menor de 16 años de edad que pidió autorización para casarse
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, declaró la constitucionalidad de la prohibición total para que los menores de edad contraigan matrimonio.
La Primera Sala del máximo tribunal rechazó amparar a una menor de 16 años de edad que pidió autorización para casarse con un hombre de 21 años.
“Están a discusión los asuntos y si no existe algún comentario se consulta a votación económica si se aprueban. Quedan resueltos los asuntos por unanimidad”, señaló Juan Luis González Alcántara Carrancá, presidente de la Primera Sala.
La sentencia señala que “es infundado debido a que el legislador local, en ejercicio de su libertad de configuración normativa, eliminó la posibilidad de otorgar dispensa al requisito de edad para casarse; medida que, como se sostuvo a lo largo del presente estudio, no contraviene el derecho al libre desarrollo de la personalidad, sino que contribuye a garantizarlo con mayor seguridad, ni tampoco contraviene el derecho a no ser discriminada, pues si bien efectivamente hace una distinción en función de edad”.
Con información de ADN 40.